Enunciado
La Sociedad A posee el 80% de la
Sociedad B, participación que tiene contabilizada por
800 euros.
(Se considera que en su momento no
se generó ni fondo de comercio ni diferencias negativas
de consolidación. Se considera también que las
reservas de la Sociedad B no han variado desde la 1ª consolidación,
por lo que no hay ni "reservas en sociedades consolidads"
ni "pérdidas en sociedades consolidadas").
El 1 de enero de 2000, la sociedad
A vendió a la sociedad B dos camiones por 5.000 euros
cada uno, obteniendo un beneficio de 2.000 euros. La Sociedad
B pagó al contado esta compra y durante dicho ejercicio
vendió a terceros estos dos camiones.
Estos camiones se amortizan en un
periodo de 5 años.
Los balances de estas dos sociedades
al 31/12/00 son:
Las cuentas de pérdidas y
ganancias del ejercicio 2000 son:
Preparar las cuentas
consolidadas del grupo del ejercicio 2000.
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Solución
El balance consolidado del grupo es:
Y la cuenta de resultados consolidada:
Ajustes
Los ajustes de consolidación
han sido:
Los puntos 1), 2) y 3) recogen
la eliminación de la inversión de la Socidad
dominante en la filial ("participaciones en empresas
del grupo"), la eliminación de los fondos propios
de esta filial y el recononocimiento de los fondos propios
de ésta que corresponden a los socios externos.
No hay que realizar ningún
ajuste más:
Los camiones están ya fuera
del balance por lo que no hay que hacer ningún ajuste
ni en "elementos de transporte" ni en amortizaciones".
Por otra parte, en el momento en que
los camiones se venden a terceros se consideran realizados los
beneficios intergrupo, por lo que tampoco hay que hacer ajustes
en la partida de "resultados procedentes del inmovilizado
material".
¿Por qué se consideran
materializados los resultados generados en la venta intergrupo?
Vamos a suponer
que los dos camiones están inicialmente contabilizados
en el balance de la Sociedad A por 8.000 euros. Esta los vende
a la Sociedad B por 10.000 euros y ésta posteriormente
los vende a terceros por 15.000 euros.
En este caso, A obtiene un beneficio
de 2.000 euros y B de 5.000 euros, por lo que el grupo en
su conjunto obtiene un beneficio de 7.000 euros.
Supongamos ahora que eliminamos
el beneficio obtenido por A, por lo que los camiones figuararán
en la Sociedad B contabilizados en 8.000 euros, de modo que
al venderlos por 15.000 euros obtendrá un beneficio
de 7.000 euros (que será el beneficio del grupo, igual
que en el caso anterior).
Se ve por tanto que una vez que
estos camiones se venden a terceros no hay que realizar ajustes
en los beneficios intergrupo.
4) Por último, el
resultado del grupo consolidado (3.000 euros) se ha distribuido
entre la parte correspondiente a la sociedad dominante
y la parte de los socios externos.
Lección
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Ejercicio 4º |
Lección 10 |
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