Pasos para crear una fundación-Paso 9-Vamos al Registro
Una vez que obtengamos el informe positivo del protectorado o del órgano competente, iremos al registro que corresponda según nuestro ámbito de actuación; al Registro autonómico para el ámbito autonómico y al Registro de fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el caso de ámbito nacional; con la documentación señalada en los pasos anteriores además de 2 copias validadas de la escritura pública y la solicitud de inscripción.
Toda la documentación necesaria se encuentra en los listados siguientes:
Nivel nacional:
http://mspsi.es/fundaciones/modelos/docs/guiaComprobacionPrimeraInscripcion.pdf
Nivel autonómico (Andalucía):
Posteriormente, la entidad recibirá una certificación del Registro de Fundaciones en la que se indicará que la Fundación ha sido clasificada y registrada y puede empezar a operar.
Tiempo después la inscripción saldrá publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín autonómico correspondiente en aquellas Comunidades Autónomas en las que la clasificación de las fundaciones se publica.
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO:
Nivel nacional:
http://mspsi.es/fundaciones/modelos/docs/primeraInscripcion.pdf
Nivel autonómico (Andalucía):