Copia Simple y Copia Autorizada
¿Cuál es la diferencia entre la copia simple y la copia autorizada?
Una vez que se ha hecho y firmado la escritura pública por el Notario y por las partes, el documento original se queda archivado en el despacho Notarial, y formará parte del protocolo del Notario del año respectivo.
Por lo tanto, ¿si el Notario se queda la escritura pública original? ¿Qué se lleva el cliente?
Al cliente se le dan tantas copias como solicite, el tipo de copia que tiene derecho a solicitar es copia autorizada y/o copia simple, y tantas como desee, pero ¿Cuál es la diferencia?
La copia autorizada es un documento público y la copia simple no.
Características de la copia autorizada:
- La copia autorizada tiene el mismo valor que la escritura, pues la misma se expide con la firma del Notario, el cual al final de la copia y antes de su firma, añade una Nota en la que dice que es copia autorizada, el número de copias que se han expedido, para quien se expide, el número de folios que la componen y la numeración de los mismos, junto con la fecha de expedición.
- El Notario firma la copia, rubrica cada uno de los folios que la componen y los sella.
- Además deja constancia en el original (llamado matriz) de la expedición de dicha o dichas copias, así cuando se accede a dicha matriz, se puede ver cuantas copias se han expedido, para quien, cuando, etc.
- La copia autorizada solo va firmada por el Notario, pero no por los otorgantes de la misma.
- Se expiden en papel Timbrado de Navarra.
- Precio: Las copias autorizadas son de coste considerablemente mayor, ya que el precio por folio que la forma es de 3,005061€. A partir del duodécimo folio inclusive, se percibirá la mitad esa cantidad (pasados cinco años, los importes varían).
- Las copias autorizadas son las que exigen en los Registros de la Propiedad o Mercantiles para poder inscribir los actos que en ellas se realiza, por decirlo de alguna manera.
Característica de la copia simple:
- Las copias simples, no tienen el mismo valor que la matriz ya que no van firmadas por el Notario, son informativas.
- Se expiden en papel de Los Colegios Notariales y también van numeradas.
- El coste es de 0,601012€ por folio.
Afortunadamente, actualmente los programas informáticos con los que cuentan las Notarías, han sido creados específicamente para desempeñar su labor y agilizan mucho el trabajo, por lo que simplemente hay que visualizar en pantalla la escritura en sí, y elegir que tipo de copia se desea.