Modelo poder para avalar
Poder especial para avalar. Se concede la facultad de afianzar, avalar o garantizar en nombre del poderdante, estableciendo las condiciones necesarias para ello o las que el poderdante le conceda autorizar en su nombre.
PODER ESPECIAL (AVALAR) NÚMERO *.
En (lugar), mi residencia, a *
Ante mí, (NOMBRE DEL NOTARIO), Notario del Ilustre Colegio Notarial de (Provincia),
COMPARECE/N
DO*.
INTERVIENE/N: En su propio nombre y derecho.
Le*s identifico por medio de su/s reseñado/s documento/s y tiene/n, a mi juicio, capacidad legal y legitimación suficientes para otorgar la presente ESCRITURA DE APODERAMIENTO, y al efecto,
DICE/N Y OTORGA/N
Que**, conjunta y separadamente, confiere/n poder especial, pero tan amplio y bastante como en derecho sea menester, a favor de * para que en su nombre y representación,** y aunque en su ejercicio se incida en la figura de la autocontratación o exista oposición de intereses, pueda/n ejercer, con relación a * todas y cada una de las siguientes:
FACULTADES:
PRIMERA.- Afianzar, avalar o garantizar personalmente, hasta un importe máximo de * por principal, el préstamo* o crédito *hipotecario* o personal, concedido por la entidad de crédito * a *, por todo el plazo de duración de dicho préstamo* o crédito, renunciando a los beneficios de orden, división y excusión, y, a tal efecto otorgar y firmar cuantos documentos públicos o privados sean necesarios.
SEGUNDA.- Constituir hipoteca sobre la finca que más adelante se indica en garantía del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de préstamo/*/crédito anteriormente reseñado; pactar cuanto proceda, según la naturaleza de dicho contrato; renunciar a derechos; tasar los bienes a los efectos de su venta; fijar domicilios; hacer sumisiones a determinados Juzgados y Tribunales.
La finca sobre la cual se constituirá la garantía hipotecaria prevista en el presenta apartado es la siguiente:
ALTERNATIVO
Constituir hipoteca sobre cualesquiera bienes muebles o inmuebles del poderdante en garantía del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de préstamo/*/crédito anteriormente reseñado; pactar cuanto proceda, según la naturaleza de dicho contrato; renunciar a derechos; tasar los bienes a los efectos de su venta; fijar domicilios; hacer sumisiones a determinados Juzgados y Tribunales.
TERCERA.- Pactar las condiciones accidentales (comisiones, obligaciones accesorias, etc.) del contrato como tenga por conveniente, y consentir cuantas moratorias y aplazamientos acuerden la parte prestamista/*/acreditante y la prestataria/*/acreditada.
CUARTA.- Sustitución.- SustituIr en todo o en parte el presente poder, nombrando y revocando libremente al sustituto o sustitutos.
QUINTA.- Documentación.- Otorgar los documentos necesarios para el ejercicio de las anteriores facultades, incluso escrituras de aclaración, subsanación, ratificación o rectificación o de elevación a públicos de documentos privados en los que se realicen las anteriores operaciones.
Quedan hechas, verbalmente, las reservas y advertencias legales, en especial las fiscales y las relativas al artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Permito por su elección la lectura de la presente escritura al compareciente, y tras manifestar quedar enterado de su contenido y efectos, se ratifica y firma conmigo, dando yo, el Notario, fe de haber sido prestado libremente el consentimiento del compareciente así como de la adecuación del contenido de la presente escritura a la legalidad vigente y a la voluntad debidamente informada del compareciente, y en general de cuanto se contiene en la misma, que queda extendida en cinco folios de Papel Timbrado de (Provincia), Serie * números
(FIRMAS, SELLO, ETC)