Incluyendo a las mujeres. En qué fallamos y cómo corregirlo
El lenguaje toma la forma y el uso que le demos. Por tanto, el lenguaje como tal no es sexista pero sí lo es el uso que se hace de él como producto de un mundo que viene del patriarcado.
Esto ha tenido la consecuencia, entre otras, de la invisibilidad de casi más de la mitad de la población mundial: las mujeres. Por ello, en los temas que vienen, será éste el primer punto en el que nos centraremos en nuestro tratamiento sobre lenguaje y género a través de la incorporación de una serie de hábitos lingüísticos.
Creemos que el camino más eficaz para conseguirlo es mostrando —siempre desde nuestro punto de vista— qué estamos haciendo “mal”: en qué fallamos en esto de ser incluyentes.
Nos detenemos para hacer hincapié una vez más que las fórmulas para inclusión pueden ser tantas como las personas que hagan uso del lenguaje pero que aquí facilitamos las que consideramos funcionales y eficaces. Destacamos los siguientes usos:
- Utilizar el género gramatical masculino para referirnos tanto a hombres como mujeres. O, dicho de otra forma, evitar el genérico masculino que asegura que, cuando se usa el masculino, se está incluyendo tanto a hombres como a mujeres en los casos en los que (en número) estén en igual proporción o sean mayoría los primeros. Por ejemplo: “los ciudadanos”. Bajo esta norma deberíamos dar por hecho que aquí se hace inclusión a ambos géneros aunque aquí no diremos que sea así.
Lo cierto es que, históricamente, el genérico masculino es muy difícil de mantener en una tarea tan ardua como la de ser incluyentes. Tanto, que nos llevará algún tema maś extendernos con este asunto.
Para empezar, no podemos olvidar que el lenguaje no es ajeno a la historia y que ésta ha sido una historia de discriminación para con las mujeres a causa de la dominación masculina impuesta como sistema.
Esto se ha traducido en una discriminación real llevada a cabo bajo leyes y prácticas que los propios gobiernos preveían y que consideraban inferiores a las mujeres, eternas menores de edad y personas ajenas a la posibilidad de tener derechos.
En España, por ejemplo, hasta hace unas décadas, las mujeres necesitaban por ley el consentimiento de sus maridos para poder hacer, por ejemplo, alguna gestión bancaria.
Así, siempre tenían que estar bajo la tutela de un hombre. Lo mismo ha ocurrido en la mayoría de países con leyes similares o distintas.
Bajo este punto de vista, seguir priorizando la visión androcéntrica con algo tan simbólico como el “genérico masculino” ya resulta de por sí un hecho excluyente. Sin embargo, son más los puntos que queremos resaltar sobre esta cuestión y lo haremos en el siguiente tema.