Personas con discapacidad visual
Para esta cuestión, hemos querido tomar las pautas sobre lenguaje que dicta la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) aunque en términos generales hablaremos de “personas con discapacidad visual”.
Según la organización, junto a este término se puede usar el de “persona con ceguera” cuando hacemos referencia a quienes —o bien no distinguen visualmente nada en absoluto— o sólo distinguen una pequeña percepción de luz sin llegar a distinguir objetos.
Así, una “persona con discapacidad visual” sería aquella que puede ver o distinguir —aunque con dificultad— algunos objetos a una distancia muy corta.
En otras palabras, las personas con discapacidad visual se diferencian de aquéllas con ceguera, por el hecho de que conservan una visión que —aunque limitada— es útil para la vida diaria, máxime cuando se incorporan lentes u otras ayudas para aumentar sus capacidades visuales.
Sin embargo, un término que no es nada recomendado en este ámbito es el de “invidente”.