Contaminación lumínica

La contaminación lumínica es “la emisión de flujo luminoso, por fuentes artificiales de luz constituyentes del alumbrado nocturno, con intensidades, direcciones o rangos espectrales inadecuados para la realización de las actividades previstas en la zona alumbrada” (Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno de Andalucía). Este tipo de contaminación, se caracteriza así por el aumento del fondo de brillo en el cielo nocturno debido a la dispersión de la luz procedente de un mal diseño de la iluminación artificial tanto pública como privada. 

Esta situación se produce porque la iluminación exterior ha sido tradicionalmente uno de los parámetros utilizados para medir el grado de confort y progreso alcanzado en una determinada sociedad. Pero un exceso de iluminación no sólo no aporta un mayor bienestar, sino que puede introducir problemas como los trastornos en el sueño, un mayor riesgo de sobrecarga en la red eléctrica, dificultar la observación del cielo nocturno, etc.

De este modo, el objetivo primordial de la lucha contra este tipo de contaminación es conservar al máximo las características naturales del espacio nocturno. Se busca así guardar un equilibrio entre la no perturbación del cielo nocturno y una adecuada iluminación artificial, necesaria para el desarrollo de determinadas actividades que deben ser desarrolladas durante las horas en las que carecemos de luz natural.

Hasta hace poco no existía normativa encaminada a contrarrestar la contaminación lumínica y a preservar la calidad del cielo nocturno, pero actualmente son ya numerosos los casos de regulación de los sistemas de iluminación artificial. Mantener el estado natural de la noche no solo evitará numerosos efectos nocivos sobre la salud pública y los ecosistemas, sino que mejorará la eficiencia en el uso de los recursos energéticos, promoviéndose de este modo un ahorro económico.

Pero para cumplir con ese objetivo protector, las instalaciones y aparatos de iluminación artificial en el exterior deberán cumplir algunos requisitos básicos. El secreto está en conseguir un ahorro energético que limite la iluminación innecesaria, evitando la propagación de haces hacia zonas que no se deseen iluminar, sin disminuir el grado de confort ni en la seguridad. Un uso más racional de la iluminación artificial que permita eliminar deslumbramientos y fugas de luz, promoviendo el respeto por el entorno y las especies de hábitos nocturnos.

A continuación, se van a tratar aquellos elementos de iluminación exterior que inciden directamente sobre la contaminación lumínica:

        A.    LÁMPARAS.

 

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El criterio fundamental a la hora de elegir las lámparas que se vayan a utilizar, debe ser el de la eficiencia energética. Además de la compatibilidad con las exigencias funcionales y paisajísticas del lugar, el tipo de lámpara permitida deberá determinarlo la zona de protección contra la contaminación lumínica en la que se vayan a situar.

A la hora de sustituir el alumbrado público exterior, las corporaciones locales deberían plantearse sustituir las ya anticuadas lámparas de vapor de mercurio por otras de menor impacto lumínico (como las LED o las de vapor de sodio). Lo mismo sucede con los semáforos, en muchas ciudades ya los hay tipo LED sustituyendo a los que albergaban luminarias incandescentes.

Las lámparas de LED ámbar, muy utilizadas actualmente para iluminación, son aquellas cuya luz posee una longitud de onda dominante entre los 585 y los 595 nm, su emisión de radiación electromagnética está por debajo de los 500 nm (inferior al 1% del total) y, además, no presentan ningún pico de emisión alrededor de los 440 nm.

        B.     PANTALLAS.

 

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Las pantallas focalizan el flujo de luz sobre una determinada superficie, impidiendo que la luz emitida por la luminaria se disperse hacia arriba o lateralmente. Al concentrar la iluminación donde realmente es necesario se ahorra energía, las farolas con pantalla pueden llegar a consumir hasta un 50% menos que las de tipo globo, que todavía están presentes en muchas ciudades.

       C.    PROYECTORES.

 

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Los proyectores suelen ser bastante dañinos desde el punto de vista de la contaminación lumínica. El haz luminoso de un proyector debe limitarse a la superficie que se desea alumbrar, controlando la iluminación intrusa (la que recibe un objeto o espacio sin que le corresponda) y las intensidades luminosas.

Es frecuente observar un resplandor en las ciudades cuando en su estadio o auditorio se está celebrando un evento deportivo o cultural, y esto es debido a una mala colocación y orientación de estos focos luminosos.

Los proyectores deben enfocar la luz por debajo de la horizontal, siempre que sea posible, incluso cuando se trate de iluminar superficies verticales (en este caso deberían colocarse a una mayor altura). 

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