Eliminación
Se trata de la última etapa de la gestión de residuos, que sólo debe aplicarse sobre la parte no aprovechable de los desechos, la cual será mayor o menor dependiendo del nivel de eficiencia del modelo de gestión de residuos implantado (a mayor eficiencia, menor será la fracción de desechos a eliminar).
Según la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados, se entiende por eliminación “cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o energía”. Se refiere aquí la ley, a aquellas actuaciones cuyo fin último sea la eliminación del residuo, aunque de manera accesoria se produzca alguna materia o energía utilizable (por ejemplo, la incineración de residuos peligrosos genera gases a elevada temperatura que pueden utilizarse en procesos térmicos, pero la operación principal es de eliminación aunque lleve asociada cierta valorización energética).
Algunos de los supuestos más comunes de eliminación de residuos son:
- Depósito sobre el suelo o en su interior.
- Inyección en profundidad (en pozos, minas abandonadas, fallas geológicas naturales, etc.).
- Vertido en el medio acuático.
- Biodegradación de residuos orgánicos.
- Tratamiento fisicoquímico (evaporación, secado, calcinación, etc.).
- Incineración.
Mayoritariamente la eliminación de residuos se ha llevado a cabo en los vertederos, que son depósitos controlados de desechos con carácter definitivo. En ellos habrá que prever, implantar y revisar toda una serie de medidas ambientales protectoras y compensatorias, que protejan el entorno de los posibles impactos que puedan surgir del almacenamiento de estas sustancias, potencialmente dañinas (se verá más adelante).
Uno de los principales requisitos que deben cumplir los residuos a eliminar, es el de haber sido tratados previamente a su vertido. La regla de las tres erres (reducir, reutilizar y reciclar) exige que antes de eliminar los residuos se aprovechen todas aquellas fracciones de los mismos que puedan ser destinadas a un nuevo uso (ya sea el mismo u otro diferente al original), pero es que además, la parte inservible de los residuos debe ser “inertizada” antes de su depósito final en el vertedero, de tal manera que se asegure que esos desechos no van a reaccionar en el medio produciendo diferentes formas de contaminación.
Existen multitud de residuos que tienen la consideración de inertes desde su origen, por este motivo no necesitan someterse a ningún tratamiento de manera previa a su eliminación, son aquellos desechos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas relevantes, es decir, aquellos que no son solubles, ni combustibles, ni biodegradables, ni reaccionan física ni químicamente, ni afectan a la naturaleza o características de otras materias con las que puedan entrar en contacto (algunos ejemplos son los restos de vidrio, cerámica, ladrillos, hormigón fraguado, etc.).
Sin embargo, hay que tener cuidado a la hora de caracterizar los residuos, pues si no se hace de manera estricta se puede estar catalogando como inertes desechos que realmente no lo son. Es el caso de los residuos de construcción y demolición, que pueden contener gran cantidad de residuos peligrosos como PCB, amianto, materiales contaminados… además de otros residuos no inertes (plásticos, madera, papel y cartón, etc.).
Por este motivo es necesario que a cualquier operación de eliminación, la anteceda una de separación, clasificación y selección, para garantizar que el desecho a eliminar no tiene otro uso posible y que, además, no va a reaccionar poniendo en peligro la salubridad del entorno o el medio natural.
En el lado opuesto están los residuos de la materia orgánica, que al ser biodegradables muestran una elevada dificultad para su eliminación pero que a la vez presentan grandes posibilidades para su aprovechamiento (compostaje, gasificación, incineración…).
Los residuos de animales muertos y otros desperdicios de origen animal, son especialmente relevantes desde el punto de vista de la salud pública, por ser foco de enfermedades bacteriológicas si no son tratados de una forma adecuada. Esto hace que hayan sido muchos los países que han legislado sobre el modo de proceder en esta materia (en Europa a raíz de la Directiva 90/667/CEE, que regula la eliminación y transformación de desperdicios animales), estableciendo condiciones específicas para la eliminación de estos residuos, que van en la línea de:
- Evitar en la medida de lo posible el contacto de los residuos de origen animal con las personas y el medio natural adyacente.
- Evitar la manipulación directa de estos residuos por los operarios de la planta de tratamiento, que deberá estar lo más automatizada posible.
- Garantizar siempre la disponibilidad de espacio en la planta de tratamiento para los residuos recibidos, evitando en todo caso el almacenamiento fuera de los lugares destinados a ese fin.
- Asegurar que las condiciones físicas y/o químicas a las que han sido sometidos los restos animales en la planta de tratamiento, garantizan su inertización total, y que los gases y efluentes producidos durante dichas operaciones son eficazmente depurados antes de ser devueltos al medio natural.
Otro caso especialmente reseñable es el de los lodos procedentes de las estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR), que previamente a su eliminación deben ser inertizados, normalmente mediante un largo proceso de estabilización con cal, tratamiento térmico, deshidratación mecánica, secado y reducción térmica.
Un tratamiento de eliminación de lodos que está teniendo bastante aceptación, sobre todo en las zonas con abundantes horas de sol anuales, es el secado solar bajo plásticos o en invernadero. Este sistema consiste en la deposición de los lodos bajo una estructura de plástico translúcido, a modo de invernadero, con ventilación natural y/o forzada y con agitación del biosólido.
Estos sistemas no necesitan del apoyo de captadores solares, si se quiere acelerar el proceso de evaporación únicamente se deben remover los lodos con mayor periodicidad y/o aumentar el caudal del aire. Para esto último se han desarrollado todo tipo de soluciones tecnológicas, entre ellas destaca la aparición en el mercado de un equipo removedor (conocido como “topo eléctrico”) que voltea los lodos ventilándolos y removiéndolos, asegurando a su vez una distribución uniforme del lodo en la cámara de secado y facilitando su llenado progresivo.
La existencia de numerosas instalaciones, fundamentalmente en Europa Central, dan fe de una tecnología técnica y económica viable en la actualidad.