Horizontalidad: intervalos melódicos permitidos
Unas últimas notas sobre la horizontalidad. Aunque este curso verse sobre la armonía, es necesario mencionar estos puntos y los de la lección anterior, para clarificar los fundamentos de la tonalidad, y comprender qué movimientos melódicos está permitido realizar en materia de armonía, como veremos en esta lección.
Ante todo, no debemos confundir un intervalo armónico con uno melódico. La diferencia es muy simple, y se explica con claridad con el siguiente ejemplo:
Los intervalos armónicos se forman entre dos notas simultáneas; mientras que los melódicos, entre notas seguidas. Es importante entender que los intervalos a los que nos referimos a continuación son MELÓDICOS, y por tanto las prohibiciones señaladas se refieren a estos. Éstas no se refieren a los armónicos: en los acordes podremos utilizar los intervalos que se adapten al acorde que deseemos utilizar.
Los intervalos de cualquier índole (armónicos o melódicos, ascendentes o descendentes) pueden clasificarse en dos grupos: consonantes y disonantes
Intervalos consonantes | Intervalos disonantes |
3ª Mayor y menor; 4ª Justa; 5ª Justa; 6ª Mayor y menor; 8ª Justa | 2ª; 3ª dim. y aum.; 4ª dim. y aum.; 5ª dim. y aum.; 6ª dim. y aum.; 7ª |
De los cuales, desde el punto de vista melódico, podremos utilizar únicamente los consonantes para todas las voces, estando prohibidos los disonantes. La única excepción es la 2ª, Mayor y menor (no la aumentada, salvo en casos especiales [por ejemplo, en una cadencia en la que se utilice la escala menor armónica]). Esto tiene sentido, pues el intervalo de 2ª es básico en el concepto de melodía (fíjese en la escala, sin ir más lejos, todas se mueven por movimientos de 2ª). Cuando una voz se mueve mediante este movimiento, se decide que va por grado conjunto. Es decir, los grados conjuntos (movimientos a la nota inmediatamente anterior o posterior, o movimientos de 2ª) están permitidos.