Octavas y quintas paralelas
Se entiende por octava paralela un movimiento de dos voces cuyo intervalo armónico en el primer acorde es una octava, y en el segundo también. Lo mismo es una quinta paralela. Se puede expresar también como dos quintas seguidas u octavas seguidas.
Con el objetivo de mantener la independencia de las voces, estos movimientos están prohibidos en armonía. Al ejecutarlos, el resultado sería el mismo que si anulásemos una voz, pues si recordamos la monodia, esta era la forma en que algunas voces o instrumentos duplicaban la línea melódica. La quinta tampoco está permitida, por el mismo motivo. No da ningún color al acorde, sino que sólo refuerza la fundamental (cosa que no ocurre con las 3ªs, 6ªs, etc). Esto no es así, sin embargo, con la 5ª disminuida, que veremos después.
La idea principal que debe quedar clara es que no pueden producirse octavas ni quintas seguidas entre ningún par de voces, por movimientos directo y contrario.
Como decíamos, existe una única excepción: si se producen dos quintas seguidas, pero la segunda de ellas es disminuida, entonces estarán permitidas.
Una aclaración: algunas 8ªs y 5ªs presentadas no están a esa distancia estricta de la otra nota, y están en otra octava. Esto no es importante: lo relevante es su distancia "en valor absoluto". En el primer ejemplo de todos, entre los dos fa# hay dos octavas, sin embargo, "de fa# a fa#" hay una octava, que va hacia "de si a si", así que el enlace es incorrecto. En el cuarto ejemplo, en el segundo acorde hay más que una 5ª, pero se aplica lo mismo.
Intente evaluar los siguientes enlaces, según lo explicado en la lección
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Corregir
Ver Solución
Limpiar |
Nótese que en ningún momento hemos afirmado que un enlace es correcto por no tener quintas u octavas seguidas. Esto es porque si las tiene, automáticamente es incorrecto... pero si no las tiene, no significa que esté bien, ¡porque podría tener más faltas!