Antecedentes y tratados internacionales

Si en lecciones anteriores hablamos sobre la necesidad general de la ética en la experimentación, gran parte de lo que es la legislación actual es directa deudora de los experimentos realizados en la Alemania durante la Segunda Guerra Mundial. La gran documentación salida a la luz tanto por testimonios directos, referidos, fotos y demases, alertaron a la comunidad internacional sobre los límites que debía tener la Ciencia para que tuviera sentido.

No es que la gente temiera que la ciencia como institución fuera a replicar los modelos de investigación de guerra, por el contrario había un acuerdo explícito de rechazo hacia dichas actitudes; pero sirvió como punto de partida para empezar a plantearse preguntas que antes no se habían realizado:

  • ¿Aplica la frase "el fin justifica los medios" en la Ciencia?
  • ¿Cuál es el límite de lo público y lo privado en términos de información?
  • ¿Cuándo se puede considerar que se está ejerciendo un perjuicio contra los sujetos participes de una investigación?
  • ¿Cuánto se puede normalizar e institucionalizar las normas éticas para asegurar la responsabilidad en el uso y control de información sobre las personas?
  • ¿En qué medida la traición de la confianza, el engaño y la invasión de la privacidad perjudican las relaciones en el campo, convierten al investigador en cínico enrevesado, despiertan la ira en los participantes, dada la reputación de la investigación social y conducen a la negligencia profesional?

 

Estos planteamientos que hasta el Siglo XX no habían sido pensados en profunidad por la comunidad internacional, adquirieron relevancia en lo que se conocieron como distintos pactos, entre ellos:

  • En 1949 se celebra el "Código Nüremberg" donde se inaugura por primera vez la obligación de pedir consentimiento a la hora de realizar cualquier tipo de experimentación con seres humanos. La oficialización de este código se ofició en 1964 con la "Declaración de Helsinki" donde además se instauraron por primera vez protocolos científicos que garantizaran la ética y el rigor de las investigaciones. Esta declaración ha sido revisada y adaptada numerosas veces
  • En 1974 en Estados Unidos se constituye la National Commission for the Protection of Human Subjects in Biomedical and Behavioral Research, a propósito de delinear los principios éticos básicos de la investigación con seres humanos y establecer normativas más o menos sistemáticas para su cumplimiento. Dicha Comisión emitió en 1978 su informe final, señalando un total de tres (3) principios éticos generales que consti­tuían los estándares morales para la investigación: respeto, beneficencia y justicia. Respeto hacia la autonomía de los sujetos. Beneficencia para nunca causar daño a un sujeto y justicia para aplicar castigos a aquellos que no cumplan las normativas.
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