Otros beneficios (por Ley)
Seguro Social: El colaborador disfruta del Seguro Social según lo establecido por la ley, el trabajador solo aportara la cuota fijada en esta y la asociación la otra parte correspondiente. Decreto número 295 del Congreso de la República, "LA LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL".
Vacaciones: todos los colaboradores tendrán derecho al disfrute de vacaciones pagadas, según lo establecido en la legislación guatemalteca. "Código de Trabajo y sus modificaciones"
Maternidad: la colaboradora protegida por la ley de Seguro Social recibirá el pago de la mitad de su sueldo correspondiente al reposo pre y postnatal equivalente a 12 semanas.
LICENCIAS CON DISFRUTE DE SALARIO
- Días por celebración de matrimonio
- Días por fallecimiento de abuelo, padre, hijo y esposa(o)
- Días por alumbramiento de la esposa 0 de la compañera registrada
HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
- Todo colaborador será responsable de preservar las normas de Higiene y Seguridad de la Asociación, enumeradas a continuación:
- Cumplir con las reglas de Seguridad colocadas en su área de trabajo (si el caso lo amerita) o en los murales informativos de la asociación.
- Reportar a la asociación cualquier riesgo que ponga en peligro a algún compañero. Ejemplo: derrame de agua en el piso, cables sueltos, salidas de emergencia obstruidas, maquinas sin protectores, equipo dañado, compañeros que no hagan uso del casco para conducción de motocicletas 0 el cinturón de seguridad dentro de los vehículos de cuatro ruedas, etc.
- Conservar y mantener limpia su área de trabajo, mantener higiénicas las instalaciones sanitarias, tales como: inodoros, lavamanos, etc.
- Reportar a su coordinador inmediatamente, toda herida 0 accidente de trabajo, sin importar la gravedad del mismo.
- Esta prohibido fumar dentro de las instalaciones de la asociación o en lugares distintos donde se encuentre prestando servicios en nombre de la misma.
- Evitar correr dentro de los edificios, jugar pelota y cualquier tipo de broma en el área de trabajo
- Usar todos los equipos y material de seguridad que amerite su trabajo. Ejemplo: guantes, anteojos protectores, mascarillas, casco, cinturón de seguridad,
- Apagar las maquinas cuando estas no estén en uso, si esto constituye parte de sus obligaciones asignadas.
- No obstruir equipos de emergencia (extintores, salidas, botiquines, paneles eléctricos)
- Deben conocerse las rutas de evacuación para casos de emergencias.
- No llevar comidas y bebidas al área de trabajo
- Usar los basureros para desperdicios y basuras.
Los colaboradores deben conocer los procedimientos de emergencia: incendios (utilice extintor si sabe hacerlo, evacue las instalaciones rápido y sin correr), temblor (mantenga la calma, apague su maquina 0 equipo, colóquese en un lugar seguro, al finalizar el sismo evacue las instalaciones rápido y sin correr).
La violación por parte del trabajador a cualquiera de las reglas sobre Higiene y Seguridad Industrial, que implique riesgo en la salud o en la integridad física, constituye una falta grave sancionable con el despido.
OBLIGACIONES DE LA ASOCIACIÓN
La asociación se compromete, de conformidad a lo que dispone el Código de Trabajo Vigente a lo siguiente:
- Instalar para el servicio de los trabajadores, botiquines de primeros auxilios.
- Mantener las instalaciones y lugares de ejecución de los trabajos, en las condiciones exigidas por las leyes sanitarias.
- Observar las medidas adecuadas y las que fijen las leyes para prevenir accidentes en el uso de maquinarias, instrumentos y material de trabajo.
- Tener la debida consideración con sus trabajadores absteniéndose de maltrato de palabra o de obra.
- Proporcionar capacitación, adiestramiento, actualización y perfeccionamiento a sus colaboradores.